El honor es un concepto con diversas valencias, según se
tome en una acepción subjetiva (lo que uno siente como su propio honor) o en su
acepción social, como elemento que entra en juego en las relaciones sociales en
muchas civilizaciones.
Implica la aceptación personal y la construcción en el
imaginario social, e incluso en la superestructura jurídica, de una cualidad
moral vinculada al deber, a la virtud, al mérito, al heroísmo; que trasciende
al ámbito familiar, de la descendencia (la sangre y la casta) y de la conducta
sexual; que se refleja en la opinión, la fama o la gloria y en diferentes
ceremonias de reconocimiento público; y que produce recompensas materiales o
dignidades, como cargos, empleos, rentas, patrimonios, herencias, etc.1
Específicamente cumplió esa función durante un gran periodo de la historia de
la civilización occidental, con conceptos precedentes en la Antigüedad clásica
grecorromana y en los pueblos germánicos, llegando a una alta codificación
desde la conformación del feudalismo de Europa Occidental en la Edad Media.
Continuó operante en las sociedades de Antiguo Régimen (la Edad Moderna en
Francia, España, etc.) mientras la nobleza siguió siendo clase dominante en la
sociedad estamental. El concepto pervivió en formaciones sociales históricas
que se convierten en sociedades de clase o burguesas (Inglaterra) durante la
Edad Contemporánea; pero su función es ya otra, exagerando sus extremos más
románticos (por ejemplo, el duelo, que tiene su edad de oro en el siglo xix).
Hacer Honor
De la misma manera nos encontramos con la existencia de una
expresión que emplea el término que estamos abordando en estos momentos. Se
trata de la locución verbal “hacer honores a”, con la que se viene a dejar
patente que se está demostrando que alguien es digno de un elemento o hecho
concreto. Un claro ejemplo de ello sería la siguiente frase: “El Príncipe con
su intervención hizo honores a su título”.
En este sentido, tampoco hay que olvidar otra locución que
también usa el citado concepto. Se trata de “hacer los honores”. Una locución
verbal esta que cuenta con dos significados posibles. Así, en primer lugar, se
utiliza para determinar que un anfitrión está atendiendo de manera conveniente
a sus invitados. Y por otro lado, se refiere a los propios invitados cuando
toman bastante comida de la que les han puesto manifestando así aprecio por
ella.
Honor, honra y honradez
Aunque propiamente son conceptos diferentes,6 es muy común confundir
honor con honra o con honradez, pues su deslindamiento es difícil. El honor se
confunde con el concepto medieval castellano de mesura, decoro, decencia o
dignidad humana. La honra, tal como se entiende en el teatro clásico español
(frente al honor, que es la dignidad de puertas adentro), es la dignidad de
puertas afuera y equivalente a la reputación, el prestigio, la lealtad, la
opinión, la gloria o la fama: es decir, la sanción y conocimiento social del
origen familiar esclarecido, que se remonta al mérito de un antepasado que,
fundamentalmente por servicios militares, conquistó la nobleza (como virtud u
honor). Descender de él confiere la herencia de la nobleza, en España la
hidalguía (ser hidalgo o hijo de algo). Derivado del concepto viene la necesidad
de fidelidad conyugal y castidad en las mujeres de la familia, garantía de que
los varones hereden con la sangre la nobleza original.
El concepto de honradez sería más propio de una concepción
burguesa del mundo (la fiabilidad para los negocios).
En el derecho el honor, la honra y la reputación están
extremadamente ligadas, aunque esta última se asocia más al concepto de imagen.
Son atropellos al derecho a la honra, que es un derecho
humano, y la reputación, que también es un derecho humano, los comportamientos
dirigidos a denigrar a las personas, los que comprenden la imputación de
delitos y de inmoralidades, las expresiones de vituperio y los actos de público
menosprecio.
Derecho HumanosLa honra y la reputación son derechos humanos establecidos
en el Artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Nadie será
objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio
o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona
tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.